lunes, noviembre 30, 2009

Nueva metedura de pata mediática


No es la primera vez. Tampoco será la última. Pero aún así, sigo estremeciéndome cada vez que veo una metedura de pata como la de estos días con el presunto asesino y violador de la niña de tres años al que mediáticamente se le condenó sin miramientos.


Y siempre diré lo mismo: hay que tener un poquito más de sentido común. No vale todo para conseguir audiencia. No vale que se machaque a la gente reiterada y obsesivamente sin ni siquiera someterle al juicio al que sin duda tiene derecho. Nos lamentamos ahora, pero el daño está hecho. Y aún así, nadie pide disculpas. Sólo las he oído desde una televisión que se ha avergonzado de haber metido la pata.


Por supuesto, tampoco desde los gabinetes de comunicación de las Administraciones Públicas (¿y la consejería de Sanidad?) y de los servicios de seguridad del Estado, que vuelvo a repetir: lindan lo legal en muchísimas ocasiones, dando información sin ton ni son y sin el menor cuidado, a mi juicio conculcando en ocasiones los derechos más elementales. Y lo sé por experiencia. Que cada cual cargue con su vela.

sábado, noviembre 28, 2009

Lo que los periodistas catalanes debieran saber antes de hablar

  1. La C.E. es la norma suprema del ordenamiento jurídico español que, junto con los estatutos, conforma el bloque de la constitucionalidad. A la C.E. han de someterse el resto de las leyes emanadas de las Cortes Generales y Parlamentos autonómicos.
  2. De la que se ha dotado el pueblo español en su conjunto, independientemente del color de su piel, edad, creencias, lugar de origen..., y que ha refrendado posteriormente conforme a las reglas de una democracia. Los catalanes también participaron en su elaboración y refrendo.
  3. A ella han de someterse todos los Poderes del Estado: Ejecutivo, Judicial y Legislativo.
  4. No es inmodificable: su propio texto reconoce las formas para una posible modificación de sus contenidos. Constituye, pues, las reglas de juego básicas a las que se someten los jugadores en el escenario político, social y económico.
  5. Pude ser interpretada de acuerdo con las normas que reglan la interpretación en el ámbito jurídico, pero en cualquier caso, por las instituciones capacitadas para ello. De cualquier forma, es una norma que define un 'pacto' para la convivencia social y política de los ciudadanos de un país, y "pacta sunt servanda", los pactos son para cumplirlos, son leyes entre las partes.
  6. Desde otra óptica, este principio se ha trasladado incluso al ámbito internacional. Para los más radicales, que no olviden el art. 27 de la Convención de Viena, que dice que nadie puede alegar normas de Derecho Interno para incumplir los acuerdos establecidos.
  7. Un Estado Social y Democrático de Derecho se fundamenta en la independencia de sus Poderes. Incluso el Código Penal recoge figuras delictivas para quienes atenten contra esa independencia.
  8. El derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto, sino que también tiene límites. Entre ellos, la salvaguardia del orden público.

lunes, noviembre 09, 2009

¡No me hable de la RSC! (3)

Segundo fallo: Cuando el negocio se confunde con la RSC

Conozco una empresa cuyo objeto social se mueve en torno a las energías renovables. Perfectamente lícito. Pero qué sucede cuando la estrategia de su RSC, como es el caso, también se mueve en torno a la ecología de las energías alternativas. Pues que el espectador no sabe si lo que me quiere vender es el negocio o el buen hacer. No, señor, diseñe su estrategia en un área que no tenga nada que ver con su negocio. Haga lo que esa cadena de bares y restaurantes de todos conocida que contrata a mujeres maltratadas. Nada que ver con el negocio, y sí mucho con la ética y la responsabilidad. Si me dedico a vender molinos de viento y no paro de cantar las bienaventuranzas de las energías eólicas, no sabré nunca si lo hace por venderme a mí también el puñetero molinillo, que es lo más probable. En este caso, ¡no me hable de la RSC!