- La C.E. es la norma suprema del ordenamiento jurídico español que, junto con los estatutos, conforma el bloque de la constitucionalidad. A la C.E. han de someterse el resto de las leyes emanadas de las Cortes Generales y Parlamentos autonómicos.
- De la que se ha dotado el pueblo español en su conjunto, independientemente del color de su piel, edad, creencias, lugar de origen..., y que ha refrendado posteriormente conforme a las reglas de una democracia. Los catalanes también participaron en su elaboración y refrendo.
- A ella han de someterse todos los Poderes del Estado: Ejecutivo, Judicial y Legislativo.
- No es inmodificable: su propio texto reconoce las formas para una posible modificación de sus contenidos. Constituye, pues, las reglas de juego básicas a las que se someten los jugadores en el escenario político, social y económico.
- Pude ser interpretada de acuerdo con las normas que reglan la interpretación en el ámbito jurídico, pero en cualquier caso, por las instituciones capacitadas para ello. De cualquier forma, es una norma que define un 'pacto' para la convivencia social y política de los ciudadanos de un país, y "pacta sunt servanda", los pactos son para cumplirlos, son leyes entre las partes.
- Desde otra óptica, este principio se ha trasladado incluso al ámbito internacional. Para los más radicales, que no olviden el art. 27 de la Convención de Viena, que dice que nadie puede alegar normas de Derecho Interno para incumplir los acuerdos establecidos.
- Un Estado Social y Democrático de Derecho se fundamenta en la independencia de sus Poderes. Incluso el Código Penal recoge figuras delictivas para quienes atenten contra esa independencia.
- El derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto, sino que también tiene límites. Entre ellos, la salvaguardia del orden público.
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sábado, noviembre 28, 2009
Lo que los periodistas catalanes debieran saber antes de hablar
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